Certificado de Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo

¿Para quién va dirigido?

El PPER, es un patrón profesional que procede de la rama de la náutica deportiva, pudiendo ejercer de forma profesional las funciones de patrón/Capitán en barcos de listas 6º y 7º.

Atribuciones

  • Gobierno de embarcaciones matriculadas en lista sexta o séptima.
  • Transporte de un máximos de 12 personas (incluida la tripulación)
  • Embarcaciones de recreo de eslora igual o inferior a 24 metros,
  • Distancia que van a lo largo de la costa española y dentro de la zona comprendida entre ésta y la línea de 60 millas paralela a la misma.

Condiciones

  1. Estar en posesión del título de Capitán de Yate.
  2. Haber cumplido 20 años de edad.
  3. Realizar un reconocimiento médico efectuado por el Instituto Social de la Marina.
  4. Aportar una declaración responsable en la que se acredite con indicación del nombre del buque y su matrícula haber navegado, al menos 50 días y 2.500 millas, incluyendo por lo menos cinco travesías de más de 60 millas, medidas a lo largo de la ruta navegable más corta de un puerto de zarpada a uno de destino, ejerciendo como patrón durante la travesía; esta singladura deberá ser de altura y de una duración mínima de 48 horas.

Estar en posesión de los certificados de especialidad:

  • Formación Básica en Seguridad.
  • Operador general o restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima. GMDSS..
  • Formación Sanitaria Específica Inicial.

– Superar un examen tipo test, programado por Dirección General de la Marina Mercante en Madrid.
– Obtener la Libreta de Inscripción (Marítima).

Salidas Laborales

  • Ejercer el mando como Patrón o Capitán en yates hasta 24 m. al servicio de un armador, estando en nómina y de alta en la S.S.
  • Gobernar embarcaciones para una compañía de alquiler de barcos (charter) con un contrato de trabajo.
  • Trasladar embarcaciones de recreo, por el litoral español, hasta 60 millas de la costa..
  • Estar en nómina para una empresa de compra-venta de embarcaciones, realizando las funciones de traslado en barcos, demostraciones para los posibles clientes, pruebas de mar al finalizar reparaciones, etc…
  • Ser patrón de lanchas, semirrígidas y demás embarcaciones de playa, como esquí náutico, paracaídas, motos acuáticas, etc…
  • Ejercer de patrón para un centro de buceo, trasladando a los alumnos al lugar de la inmersión.
  • Hacer la función de instructor en una Escuela Náutica autorizada, para los títulos de “Titulín”, Patrón de Navegación Básica, y (P.E.R.) Patrón de Embarcaciones de Recreo, constando legalmente como empleado.
  • Astilleros de barcos de recreo.
  • Varaderos de reparación de embarcaciones.
  • Clubs Náuticos y Marinas.
  • Parques Nacionales y Parques Naturales.

¿Qué Necesito?

Certificado de Formación Básica en Seguridad

Ministerio de Fomento
International Maritime Organization
Instituto Social de la MarinaSTCW

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